La pandemia del coronavirus ha puesto de manifiesto discriminaciones palmarias hacia las personas con discapacidad, así como la escasa implantación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) en el estado español. Así lo recoge el último informe de CERMI, «El impacto de la pandemia del coronavirus en los Derechos Humanos de las personas con discapacidad en España», publicado en junio. «Lo más grave de esta crisis es que se están cuestionando y por tanto poniendo en riesgo los derechos humanos de las personas en situación de vulnerabilidad», dice el Comité. «Se sigue manejando una idea de dignidad humana consecuencia de un modelo humano capacitista, una de cuyas dimensiones tiene que ver con el aporte o contribución social de las personas».

Y es que, aunque pudieran pensarse superadas ideas como que las personas con discapacidad son menos dignas o valiosas que las demás, durante estos meses hemos visto cómo este colectivo ha sido considerado por muchos como prescindible o menos útil, y cómo se han cuestionado sus derechos, lo que se ha materializado en actos como la denegación de su admisión en las UCIs o el traslado al hospital en situaciones de necesidad médica, si bien el informe del CERMI recoge muchos más ejemplos.

Así, el documento «Recomendaciones éticas para la toma de decisiones» elaborado por la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias (SEMICYUC) establece, entre otras sugerencias, que a la hora de atender a una persona debe tenerse en cuenta «la supervivencia libre de discapacidad por encima de la supervivencia aislada», así como no ingresar a personas «en situaciones funcionales muy limitadas o condiciones de fragilidad», o «tener en cuenta el valor social de la persona enferma». Propuestas que, como denuncia CERMI, contribuyen a ver a las personas con discapacidad como descartables ante el riesgo de colapso sanitario. Como ya ha señalado la Relatora Especial sobre los derechos de las personas con discapacidad esta justificación para la denegación del tratamiento «se basa en la premisa de que las personas con discapacidad tienen menor valor que las demás personas o disfrutan de una calidad de vida menor».

Aunque se desconoce el número de personas con discapacidad fallecidas por coronavirus (dato que no podrá obtenerse puesto que no se está considerando esta variable en el recuento de muertes oficiales), la situación de institucionalización en la que están muchas de estas personas en el estado español ha tenido como consecuencia una elevada tasa de infecciones y muertes.

En lo que respecta a personas con discapacidad psicosocial, además de la situación de institucionalización antes mencionada (no olvidemos que, lejos de desinstitucionalizar, cada año aumenta el número de las llamadas plazas de «larga estancia» o «cuidados psiquiátricos prolongados», muchas veces en los mismos edificios que hace cuarenta años fueron los manicomios que presuntamente se cerraron), en diferentes lugares del estado, como ha sabido esta Redacción, las personas con diagnósticos psiquiátricos que viven en instituciones, al igual que las personas mayores que viven en residencias, están siendo sometidas a aislamientos o restricciones de la movilidad o de las visitas (incluyendo visitas del personal sanitario), en base a la situación de pandemia, sin ser estas las recomendaciones del Ministerio ni de las respectivas Consejerías. «La alta tasa de personas con discapacidad institucionalizadas, afirma el CERMI, en un escenario tan crítico como la pandemia, puede generar espacios propicios de situaciones de violencia y abuso». El Comité de los derechos de las personas con discapacidad ya expresó el año pasado su preocupación por la falta de una estrategia para la desinstitucionalización por parte del estado español.

Además, personas con problemas de salud mental que en ocasiones han necesitado acceder a la vía pública para evitar situaciones de crisis o una gran afectación de su salud emocional, han sido en algunos casos denunciadas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, como denuncia el informe. «Sancionar indiscriminadamente cuando no se dan oportunidades plenas de defensa -señala- constituiría una violación inaceptable de sus derechos, teniendo en cuenta además que su situación objetivamente es de mayor indefensión ante trámites administrativos complejos y farragosos de difícil gestión que la ciudadanía apenas comprende». Otro ejemplo de esta situación de vulneración de derechos ha sido el uso de la fuerza de los cuerpos de seguridad, como ocurrió en Bilbao con una persona con un diagnóstico psiquiátrico y su madre, ambos de nacionalidad marroquí.

«La racionalización de los recursos no puede ir acompañada de la limitación de derechos», señala el CERMI. Y sin embargo, las consultas han pasado de ser presenciales a telefónicas y virtuales, sin tener en cuenta la accesibilidad de estos servicios para las personas con discapacidad. Se han cerrado centros de salud, se ha dejado en situación crítica a personas que necesitan un seguimiento clínico permanente. No se han tomado medidas sencillas («ajustes razonables», como los llama la CDPD) como facilitar mascarillas que permitan la lectura labial para que las personas con sordera puedan comunicarse con el personal sanitario, o permitir que las personas con problemas de salud mental estén acompañadas en situaciones de aislamiento que pueden producirles importante angustia. Se han cancelado servicios de apoyo a personas con discapacidad, que les permiten ser autónomas. Muchas personas que asisten a los servicios de salud mental no han tenido contacto con sus centros de referencia.

La situación de desventaja de la que parten las personas con discapacidad en este país multiplica los efectos de la crisis sanitaria y social en este grupo humano. Ejemplos de esto son -entre otras- la falta de accesibilidad para las personas con discapacidad auditiva a informaciones oficiales (incluyendo informaciones relativas a las medidas preventivas); a los contenidos lectivos para niños y niñas del Ministerio de Educación; a los servicios de atención telefónica (como el teléfono de emergencias 112); o las dificultades para que vayan acompañadas por un intérprete de lengua de signos a los centros de salud.

Pero además existe una interseccionalidad entre discapacidad y otras condiciones como el género, la racialización, la orientación sexual, etc. En cuanto al género, es importante recordar que el confinamiento puede ser un espacio propicio para la violencia machista. El informe recoge que el 27% de las 55 mujeres asesinadas en 2019 por sus parejas o exparejas tenía una discapacidad. Las mujeres con discapacidad tienen un 8% más de probabilidades de sufrir violencia machista que las mujeres sin ellas.

Asimismo hay que considerar la dimensión de la pobreza. El 30% de las personas con discapacidad están en situación de exclusión social en España. Por cada persona sin discapacidad en exclusión social hay casi dos personas con discapacidad en la misma situación de exclusión. Entre esas personas muchas carecen de vivienda, de medidas y recursos de higiene personal y saneamiento y de recursos para contratar internet, un elemento clave durante el confinamiento -y tras él- para la socialización, aprendizaje y rehabilitación de las personas, incluyendo a los niños y niñas. En esta línea, es necesario tener presente que las personas con discapacidad tienen menos oportunidades ante el empleo y contratos más precarios, por lo que la situación de emergencia social reducirá aún más las oportunidades laborales de estas personas.

El principio de no discriminación, recogido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, establece obligaciones inmediatas. Este principio no puede estar sujeto a ninguna condición, como no lo ha estado para otros grupos humanos. Es necesario, como ha dicho el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas que se incorpore una perspectiva de derechos humanos en los servicios de salud mental y sociales, y se erradiquen «todas las formas de discriminación, estigma, prejuicios, violencia, abusos, exclusión social y segregación en ese contexto».

El documento completo puede descargarse desde aquí.

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